renovacion permiso armas

Renovación permiso de Armas Villaviciosa de odón

La renovación permiso de armas tiene que tener en cuenta que determinadas armas NO admiten la renovación de la licencia, obligando al titular a obtener un nuevo permiso con cada periodo vencido.

Se trata de un examen psicotécnico con el que podrás obtener un certificado médico que demuestre tu aptitud  para la renovación del permiso de armas o licencia de caza tras la correspondiente evolución médica y psicológica.

Dicho informé deberá ser entregado a la Guardia Civil junto con la presentación de las armas excepto cuando la renovación sea por visado a partir de los 60 años en cuyo caso sólo deberán hacer entrega del informe psicotécnico.

carnet licencia armas

RENOVAR LICENCIA

ARMAS
30
00
Con cita Online previa
  • Reconocimiento médico
  • No traer foto, la realizamos aquí.
  • DNI ó Pasaporte vigor
NOVIEMBRE

FAQ

frecuentes

Un pequeño resumen de las dudas más comunes para la caza en la comunidad de Madrid.

¿Cuándo puedo cazar?

En terrenos acotados al efecto podrán cazarse los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos en la Comunidad de Madrid desde los días 8 de octubre hasta el 31 de enero del año siguiente, ambos incluidos, excepto la tórtola común, cuya caza queda prohibida durante el periodo hábil.

Desde el día 8 de octubre hasta el día 21 de febrero del año siguiente, ambos incluidos, para el ciervo, el gamo, el muflón y el jabalí.

Se podrá efectuar la caza en la modalidad de rececho para el ciervo, muflón y gamo desde el 1 de septiembre hasta el final del período hábil de caza mayor.

Desde el 1 de abril hasta el 30 de junio para machos de cabra montés.

Desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre, ambos incluidos, para hembras y machos de cabra montés.

Desde el 1 al 31 de marzo del año siguiente, ambos incluidos, para machos de cabra montés.

Desde el día 1 de abril hasta el día 31 de julio para machos de corzo.

Desde el día 1 de septiembre al 15 de octubre, ambos incluidos, para machos y hembras de corzo.

¿Qué documentos debo llevar?

Documentación para cazar con armas:

  • Documento acreditativo de la identidad del cazador.
  • Licencia de caza en vigor, con validez en la Comunidad de Madrid.
  • Póliza del seguro de caza.
  • Permiso de armas.
  • Guía de pertenencia.
  • Autorización del titular del coto, cuando proceda.

Documentación para cazar sin armas:

  • Silvestrismo

     

    • Documento acreditativo de la identidad del cazador.
    • Licencia de caza en vigor, con validez en la Comunidad de Madrid.
    • Licencia federativa.
    • Autorización excepcional para la captura de aves fringílidas expedida por la Consejería con competencias en medio ambiente.
    • Autorización del titular del coto, cuando proceda (esta modalidad debe recogerse en el Plan Cinegético).
  • Cetrería

     

    • Documento acreditativo de la identidad del cazador.
    • Licencia de caza en vigor, con validez en la Comunidad de Madrid.
    • Certificado de registro de aves de cetrería de la Consejería con competencias en medio ambiente.
    • Autorización del titular del coto, cuando proceda (esta modalidad debe recogerse en el Plan Cinegético).
    • Autorización de la Consejería con competencias en medio ambiente para terrenos de aprovechamiento cinegético común.

Además, si se va a cazar con perros, hurones, etc., se deberá contar con la documentación que permita conocer si se cumple con las normas de caza y sanitarias.

Documentación para cazar con arco:

  • Documento acreditativo de la identidad del cazador.
  • Licencia de caza en vigor, con validez en la Comunidad de Madrid.
  • Licencia federativa.
  • Póliza del seguro de caza.
  • Autorización del titular del coto, cuando proceda.

Armas prohibidas

  • el uso y tenencia de armas automáticas o semiautomáticas cuyo cargador pueda contener más de dos cartuchos y uno en la recámara,
  • las de aire comprimido,
  • las armas de fuego largas rayadas para tiro deportivo, de calibre 5,6 milímetros (22 americano) de percusión anular,
  • las provistas de silenciador o de visor para el tiro nocturno,
  • las que disparen proyectiles que inyecten sustancias paralizantes, salvo las utilizadas para llevar a cabo las capturas en vivo autorizadas en el correspondiente Plan de Aprovechamiento Cinegético,
  • los proyectiles introducidos en cartuchos en número de dos o más y cuyo peso unitario es igual o superior a 2,5 gramos (diámetro mayor de 7,5 milímetros), denominados «postas».

Durante cualquier actividad cinegética, el cazador está obligado a recoger las vainas de los cartuchos y de las balas usadas.

Cita previa con Intervenciones de Armas

Cita previa con intervenciones: El permiso debe renovarse cada cinco años por lo que, cuando este se encuentre próximo a caducar, el interesado deberá solicitar una nueva concesión para renovar su permiso y que podrá realizar tanto en las oficinas de la Guardia Civil como a través de su sede telemática

www.guardiacivil.org instancia renovacion permiso de armas

Renovar permiso de armas mayores de 65 años

Se realiza cada 5 años hasta los 60 años. Los titulares de licencias de armas, con edades comprendidas entre los 60 y los 70 años, que posean armas activas en su poder, deberán presentar cada dos años el correspondiente certificado médico de acreditación de las aptitudes psicofísicas. A partir de los 70 dicha revisión será de carácter anual.

Del mismo modo que renovar permiso de armas caducado

¿Si tengo varias licencias tengo que hacer un certificado psicotécnico por cada una?

No. La prueba será válida para todas las licencias de armas que necesites renovar.

Tipos de licencias de armas

Impreso para renovación permiso de armas

Documentos para renovación permiso de armas

Impreso para el abono de tasas.

Este es el enlace para al abono de tasas que debe presentarse junto con el certificado psicotécnico.

MODELO 790 Descargar Click aquí

 

Hoja Tasa reconocimientos